viernes, 4 de diciembre de 2009

Saludos la actividad a realizar por la sección 01 es la siguiente:


1.- Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.



Actividad a relizar por la sección 06:

1.- De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas.

41 comentarios:

  1. Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    Al igual que con todos los compromisos internacionales, los Estados están obligados a cumplir de buena fe sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Ello incluye conducirse de modo tal que se respete y garantice el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos a todas las personas sujetas a su jurisdicción, sin discriminación de tipo alguno. Como se señala en las secciones anteriores del presente informe, al abordar el derecho a la libertad y la seguridad personales, y el derecho al debido proceso y a un juicio justo, el acceso sencillo y rápido a los tribunales es esencial para garantizar el respeto por los derechos consagrados en el derecho interno y el derecho internacional. De acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos,

    el derecho a un recurso efectivo ante los jueces o tribunales nacionales competentes, constituye uno de los pilares básicos, no sólo de la Convención Americana, sino del propio Estado de Derecho en una sociedad democrática en el sentido de la Convención

    Si bien la doctrina del sistema interamericano de derechos humanos no prohíbe todas las distinciones en el tratamiento del goce de los derechos y libertades protegidas, requiere en el fondo que toda distinción admisible se funde en una justificación objetiva y razonable, que impulse un objetivo legítimo, habiendo tenido en cuenta los principios que normalmente prevalecen en las sociedades democráticas, y que los medios sean razonables y proporcionados con el fin que se persigue.

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  2. Sección I-006-N
    Patricia González
    CI V.16.028.455

    El derecho internacional humanitario y el derecho de las personas en condición de refugiados y desplazados surgen de la necesidad de prestar protección a las personas que están en el territorio de un Estado del que no son nacionales, en cada uno de esos derechos se asigna el cometido de prestar protección y asistencia a las personas . Cada vez más, los refugiados y otros grupos de personas se ven obligados a desplazarse a raíz de conflictos internos. Ambos tienen el mismo objetivo primordial: la protección de la persona humana.

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  4. ZULIMA URDANETA.
    C.I.10.675.755
    SECCIÓN I-00I-N DESASTRES
    Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisioneros de guerra.
    -En ningún caso los prisioneros serán tratados como criminales
    Aunque sí utilizadse en trabajos militares.
    -Los prisioneros quedaban bajo el control de Estado que les captura y no de los soldados.
    -El Estado que les aprehende se hace responsable de su seguridad personal y su manutención (vestido, abrigo, alimento).
    -Los prisioneros deben ser apartados del conflicto bélico.
    Durante el cautiverio los prisioneros de guerra siguen siendo miembros de sus respectivas fuerzas armadas, pero están sometidos a las leyes, los reglamentos y las ordenanzas generales vigentes en las fuerzas armadas de la Potencia detentadora aunque no están obligados, a ella por deber de fidelidad
    Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Tienen derecho al respeto a su persona física y moral. Se consideran contrarios al respeto a la persona física, entre otros.

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  5. RICARDO CUMARIN.
    C.I.16.262.478
    SECCIÓN I-00I-N DESASTRES.
    Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Tienen derecho al respeto a su persona física y moral. Se consideran contrarios al respeto a la persona física, entre otros: Cualquier acto ilícito o toda omisión ilícita que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero y las mutilaciones físicas, o experimentos médicos o científicos no indicados por el tratamiento del paciente; las extracciones de órganos o de tejidos para transplantes(13); los actos de violencia por parte de civiles o de militares(14); los interrogatorios prolongados acompañados o no de torturas para obtener información(15); la vejación constante; la privación de asistencia médica a los heridos y enfermos(16); la privación prolongada de servicios de higiene(17); la privación de actividades físicas, intelectuales y recreativas(18); condiciones insuficientes de alimentación(19), de alojamiento(20)y vestimenta(21), el mantenimiento de los prisioneros en zona peligrosa(22); los trabajos peligrosos o incompatibles con sus aptitudes físicas y profesionales(23)

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  6. JOSÉ MANTILLA
    C.I. 9.468.206
    SECCIÓN I-00I.N DESASTRES

    La noción de prisionero de guerra es relativamente reciente. En la antigüedad, los combatientes que caían en poder del enemigo eran casi siempre exterminados. Sin embargo, los vencedores comprendieron, muy pronto, que tenían a disposición una mano de obra útil y casi gratuita. Los prisioneros de guerra tienen derecho en todas circunstancias al respeto de su persona y de su dignidad.
    Las mujeres deben ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo, gozando en cualquier caso de un trato tan favorable como el concedido a los hombres.
    Conservarán su plena capacidad civil tal y como existía en el momento en que cayeron prisioneros. La Potencia en cuyo poder se encuentren no podrá limitar el ejercicio de esa capacidad, ya sea en su territorio o fuera de él, más que en la medida exigida por el cautiverio.

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  7. Eusebia Aguirre.
    C.I. 11.525.779
    Sección I-00I-N Desastres
    Los prisioneros de guerra son victimas del conflicto que exigen protección, tanto por el desamparo en que quedan, inermes e indefensos en poder del enemigo, como por las consecuencias psicológicas que siguen a su cautiverio, alejamiento de la patria y de la familia, limitación en su libertad, duración indefinida de la situación.
    Los derechos y las ventajas que les otorgan a los prisioneros de guerra son:
    Ser protegidos en todo contra todo acto de violencia o de intimidación, contra los insultos y la curiosidad pública.
    Al respeto de su persona y de su honor.
    Conservar su capacidad civil tal como era cuando fueron capturados. La Potencia detenedora no podrá limitar el ejercicio de esa capacidad, sea en su territorio sea fuera del mismo.
    Ser atendido gratuitamente a su manutención y a proporcionarles, la asistencia médica que su estado de salud requiera.
    Recibir un interrogatorio en su idioma.
    Tener acceso a todos los efectos y los objetos de uso personal
    Dispondrán de refugios contra los bombardeos aéreos y otros peligros de guerra
    Se les facilitarán los medios para preparar por sí mismos los suplementos de comida de que dispongan.
    La vestimenta, la ropa interior y el calzado serán suministrados en cantidad suficiente a los prisioneros
    Libre ejercicio de su religión.

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  8. ALEXANDRA CAICEDO
    Sección; 001-N
    C.I. 12606867.
    Análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisioneros de guerra.
    a) El prisionero de guerra debe ser tratado siempre con humanidad.
    b) El prisionero de guerra tiene derecho pleno a su dignidad personal y a su honor. De ahí la prohibición de la tortura, de los castigos corporales.... o el respeto a su rango militar.
    c) El prisionero de guerra tiene derecho a ser mantenido sin tener que pagar manutención.
    d) Los prisioneros de guerra tienen derecho a un trato igual y sin discriminación con respecto a los demás prisioneros de guerra.
    e) Deben estar en tierra firme y con garantías de higiene y salubridad.
    f) Deben estar dotados de alojamientos que reúnan como mínimo las mismas condiciones que los que se dedican a la tropa acantonada en la misma región.
    g) Alimentación. Dieta diaria en suficiente cantidad, calidad y variedad, teniendo en cuenta también las costumbre de los cautivos.
    h) Asistencia Médica. Abarca no sólo la medicina asistencial propiamente dicha, sino también la preventiva y las condiciones higiénicas.
    I) Asistencia Religiosa. De acuerdo a las creencias de cada prisionero de guerra, incluso con presencia o retención de capellanes.

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  9. La relación que existe entre el derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas es que los refugiados se benefician, en primer lugar, de la protección que les confieren el derecho de los refugiados y el cometido del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Asimismo, están protegidos por el derecho internacional humanitario cuando son víctimas de un conflicto armado, cuando se encuentran en poder de la parte adversaria o se vean afectados por las hostilidades en el país de acogida.
    En un conflicto armado, las personas desplazadas en el interior de su propio país están protegidas en virtud de las normas del derecho internacional humanitario, que confiere una amplia protección a la población civil. La finalidad de dichas normas es, en particular, proteger a las personas civiles contra los efectos de las hostilidades; por ejemplo, está prohibido atacarlas, aterrorizarlas, utilizar contra ellas el hambre como método de combate, así como destruir los bienes indispensables para su supervivencia.

    De conformidad con el art. 1 de la Convención de 1951, el término "refugiado" se aplicará a toda persona que "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y que no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.". Pues son considerados personas civil siempre que no participen en las hostilidades, y, como tales, tienen derecho a la protección conferida a la población.

    En el derecho internacional humanitario se prohíbe expresamente obligar a las personas civiles a abandonar su lugar de residencia, a menos que esto sea necesario por razones de seguridad o de imperiosa necesidad. En conclusión estas ramas del derecho son de obligado cumplimiento para los Estados y, en el caso del derecho internacional humanitario, para los grupos armados organizados. Su objetivo es proporcionar una protección fundamental que puede prevenir el desplazamiento, conferir protección a las personas durante el desplazamiento y ayudarles a regresar a su hogar. Las normas vigentes cubren las necesidades más apremiantes; no hay mayores vacíos jurídicos en la protección de los desplazados internos. El reto reside en garantizar la aplicación de las normas existentes.

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  10. GEYSHA TOVAR
    16245837
    SECCIÓN 006-N
    La relación que existe entre el derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas es que los refugiados se benefician, en primer lugar, de la protección que les confieren el derecho de los refugiados y el cometido del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Asimismo, están protegidos por el derecho internacional humanitario cuando son víctimas de un conflicto armado, cuando se encuentran en poder de la parte adversaria o se vean afectados por las hostilidades en el país de acogida.
    En un conflicto armado, las personas desplazadas en el interior de su propio país están protegidas en virtud de las normas del derecho internacional humanitario, que confiere una amplia protección a la población civil. La finalidad de dichas normas es, en particular, proteger a las personas civiles contra los efectos de las hostilidades; por ejemplo, está prohibido atacarlas, aterrorizarlas, utilizar contra ellas el hambre como método de combate, así como destruir los bienes indispensables para su supervivencia.

    De conformidad con el art. 1 de la Convención de 1951, el término "refugiado" se aplicará a toda persona que "debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y que no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.". Pues son considerados personas civil siempre que no participen en las hostilidades, y, como tales, tienen derecho a la protección conferida a la población.

    En el derecho internacional humanitario se prohíbe expresamente obligar a las personas civiles a abandonar su lugar de residencia, a menos que esto sea necesario por razones de seguridad o de imperiosa necesidad. En conclusión estas ramas del derecho son de obligado cumplimiento para los Estados y, en el caso del derecho internacional humanitario, para los grupos armados organizados. Su objetivo es proporcionar una protección fundamental que puede prevenir el desplazamiento, conferir protección a las personas durante el desplazamiento y ayudarles a regresar a su hogar. Las normas vigentes cubren las necesidades más apremiantes; no hay mayores vacíos jurídicos en la protección de los desplazados internos. El reto reside en garantizar la aplicación de las normas existentes.

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  11. Administración de desastres
    Sección I-006
    Nelson Molina CI: 16.896.791

    De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas.

    Primeramente el DIH está fundamento sobre ciertas normas y leyes, las cuales han sido limitar los sufrimientos causados por los conflictos armados, brindando en la medida de lo posible, protección y asistencia a las víctimas de esos conflictos, es por esto que por medio de el DIH las personas refugiadas y desplazadas tiene un conjunto de derechos que les brindan la oportunidad de ser atendidos y socorridos, así mismo podemos decir que el DIH y su relación con las personas refugiadas y desplazadas por un conflicto es la de buscar la solución de los problemas que se derivan directamente de los conflictos armados, internacionales o no, y por razones humanitarias, el derecho de ayudar y salvaguardar a las personas afectados o que pueden verse afectados por las guerras.

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  12. José Tarazona
    C.I. 7.186.805
    Sección I-001-N

    Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    Los prisioneros de guerra poseen una serie de derechos contemplados en la Convención de Ginebra, cuyo fin primordial es la protección de su persona tanto física como moral. Entre ellos puedo hacer referencia principalmente al trato humano que deben recibir por parte de la potencia retenedora y que corresponden al respeto a su persona física, moral y al honor así como la protección de la curiosidad pública.
    Deben ser protegidos siempre y en forma especial contra todo hecho que constituya violencia y/o intimidación, así como de los insultos.
    Tienen derecho a ser mantenidos gratuitamente por la potencia que los haya capturado: de igual manera recibir un trato justo e igualitario sin distingo de su raza, credo, nacionalidad, y opinión política.
    Deben recibir seguridad tan igual que la población civil, como por ejemplo refugios contra ataques aéreos.
    Tienen derecho a recibir un buen alojamiento, a recibir una alimentación balanceada, suficiente tanto en calidad como en cantidad; a obtener atención médica segura y rápida.
    De igual forma tienen derecho a recibir dotación de vestimenta y calzado apropiados, así como permanecer en lugares con las mínimas normas de higiene y salubridad.
    Otro derecho importante que hay que resaltar es el trato igualitario que deben recibir tanto la mujer como el hombre, es decir que no debe existir diferencias entre una y otro, salvo las privacidades que por su condición de mujer, debe poseer.
    Considero que las ventajas son las siguientes:
    El prisionero de guerra cuenta con un instrumento que debe garantizarle su protección y un trato humano; y la otra ventaja es que las potencias retenedoras están en la obligación de acatar todas las disposiciones establecidas en el Convenio de Ginebra so pena de ser denunciadas y juzgadas por la violación a estas normas.

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  13. ELIANAI SARMIENTO
    CI:14.820.522
    SECCION I 006N

    Relación del Derecho internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas

    Los conflictos armados a menudo han provocado movimientos de civiles de gran envergadura, tanto dentro de un país como a través de las fronteras entre países. El derecho internacional humanitario prohíbe expresamente los desplazamientos forzosos de civiles en conflictos armados tanto internacionales como no internacionales, y ofrece protección en caso de que se produzca un desplazamiento.
    Los refugiados se benefician, en primer lugar, de la protección que les confieren el derecho de los refugiados y el cometido del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR). Asimismo, están protegidos por el derecho internacional humanitario cuando son víctimas de un conflicto armado, cuando se encuentran en poder de la parte adversaria o se vean afectados por las hostilidades en el país de acogida. En el IV Convenio de Ginebra y en el Protocolo I se confiere una protección especial a los refugiados, en particular a los que se hallen en territorios ocupados. En el IV Convenio se estipula, asimismo, el principio de no rechazo, base del derecho de los refugiados.
    En un conflicto armado, las personas desplazadas en el interior de su propio país están protegidas en virtud de las normas del derecho internacional humanitario, que confiere una amplia protección a la población civil. La finalidad de dichas normas es, en particular, proteger a las personas civiles contra los efectos de las hostilidades; por ejemplo, está prohibido atacarlas, aterrorizarlas, utilizar contra ellas el hambre como método de combate, así como destruir los bienes indispensables para su supervivencia. En un conflicto interno, las personas desplazadas están protegidas en virtud del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y del Protocolo II.
    En el derecho humanitario se prohíben los desplazamientos forzados de la población; son posibles, únicamente si son indispensables para garantizar la seguridad de la población, o por imperiosas razones militares. Además, la protección general que en el derecho humanitario se garantiza a la población civil debería poder limitar los desplazamientos.

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  14. amanda chirinos
    19.109.622
    seccion 001 admon de desastres

    Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    hay que saber que los prisioneros de guerra son todos aquellos soldados que han sido capturados por el enemigo o despues de que ocurra un conflicto, sin embargo cabe destacar que hay leyes que los protegen como El artículo 4 de la Tercera Convención de Ginebra protege al personal militar capturado, algunos guerrilleros y ciertos civiles. Esto se aplica desde el momento de la captura hasta cuando es liberado. Uno de los principales puntos de la convención hace que sea ilegal torturar a los prisioneros, y al prisionero solo le pueden pedir su nombre, fecha de nacimiento y rango.

    El estatus de prisionero de guerra no incluye desarmados o no combatientes capturados en tiempo de guerra, ellos están protegidos por la Cuarta Convención de Ginebra algo más que por la tercera.

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  15. Cèsar Blanco
    C.I: 11.525.632
    Secciòn: I-001-N


    1.- Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    En principio de acuerdo a la pregunta planteada por usted es conveniente comentar que para los prisioneros de guerra se derivan una serie de derechos que les dan la ventaja de que una vez que son declarados como tales estos deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias y que está prohibido:
    • todo acto ilícito o toda omisión ilícita por parte de la Potencia detenedora, que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero de guerra en su poder.
    • ser sometido a mutilaciones físicas o a experimentos médicos o científicos que no sean por su bien.
    • las medidas de represalia contra ellos.
    • obligarlos a declarar, cuando se le interrogue a este repecto, más que sus nombres y apellidos su graduación, la fecha de su nacimiento y su número de matrícula. Los prisioneros que se nieguen a responder no podrán ser amenazados ni insultados ni expuestos a molestias o desventajas de ningún género.
    • retirar a los prisioneros de guerra objetos de valor más que por razones de seguridad
    • recibir tortura física o moral ni presión alguna para obtener datos de la índole que fueren.
    • ser internados más que en establecimientos situados en tierra firme y con todas las garantías de higiene, en caso de evacuación.
    • ser enviado o retenido en regiones donde quede expuesto al fuego de la zona de combate
    • ser protegidos en todo contra todo acto de violencia o de intimidación, contra los insultos y la curiosidad pública.
    • al respeto de su persona y de su honor.
    • las mujeres a ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo y se beneficiarán de un trato tan favorable como el que reciban los hombres.
    • conservar su capacidad civil tal como era cuando fueron capturados. La Potencia detenedora no podrá limitar el ejercicio de esa capacidad, sea en su territorio sea fuera del mismo.
    • ser atendido gratuitamente a su manutención y a proporcionarles gratuitamente la asistencia médica que su estado de salud requiera.
    • recibir un interrogatorio en su idioma.
    • tener acceso a todos los efectos y los objetos de uso personal
    • dispondrán de refugios contra los bombardeos aéreos y otros peligros de guerra
    • Se les facilitarán los medios para preparar por sí mismos los suplementos de comida de que dispongan.
    • La vestimenta, la ropa interior y el calzado serán suministrados en cantidad suficiente a los prisioneros
    • libre ejercicio de su religión.
    • estimular sus actividades intelectuales.
    Por consiguiente de todo lo antes expuesto debo concluir que todo participante de una guerra o conflicto belico tiene como suprema ventaja que aunque este involucrado en enfrentamientos a muerte a la hora de ser capturado por la potencia contraria tiene el derecho a ser tratado dignamente y preservar su vida.

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  16. Andreina Rincones
    CI: 7144625
    Sección: 006-N

    De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas.

    Existe una afinidad conceptual entre el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario. Ambos se originan en la necesidad de prestar protección a las personas que están en el territorio de un Estado del que no son nacionales. El derecho internacional de los derechos humanos, en cambio, se desarrolló para proteger a las personas de los abusos cometidos por su propio Estado. Con el paso de los años, han disminuido las diferencias entre el derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos. El ámbito de aplicación del derecho internacional humanitario se extendió para abarcar también a los conflictos armados no internacionales, y se reconoció la aplicación del derecho de los derechos humanos para todos los individuos que se encuentren en el territorio o la jurisdicción de un Estado, aunque sólo sea transitoriamente, incluso en tiempo de conflicto armado (pese a que se pueden aplicar algunas restricciones a los no nacionales tanto en circunstancias normales como en tiempo de conflicto armado o de alguna situación de emergencia similar). Si bien comienza a observarse una evolución similar en relación con el derecho de los refugiados, es necesario replantear el propósito de esta ley.
    Si bien el fundamento del derecho internacional de los refugiados es la protección de los derechos humanos, tal como se dispone en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, irónicamente, hace sólo muy poco tiempo que se ha comenzado a prestar verdadera atención a los derechos humanos de los refugiados. En parte esto se debe, quizá, a que en el momento de creación de la Oficina del Alto Comisionado para los Refugiados la cuestión se veía como un problema transitorio, que encontraría pronta solución, ya que el derecho de los derechos humanos estaba sólo en sus comienzos. El cometido del Alto Comisionado se entendía como una acción “humanitaria”. En la práctica, la dinámica de la Guerra Fría, que caracterizó muchos años de respuestas fundadas en la Convención de 1951, puso en evidencia que, frecuentemente, no se reconocía en forma explícita la "necesidad" de buscar la protección de los refugiados en el derecho internacional de los derechos humanos.

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  17. Estos dos derechos como lo es el humanitario y el de las personas en condición de refugiados y desplazados, nos indica que desde siempre ha existido la motivación de prestar a cabalidad la protección de todas las personas que están en un espacio territorial de un estado del que no son nacionales, sin obviar que cada uno de estos derechos son asignados por el cometido que se encarga de prestar protección y asistencia a las personas . Cada vez más, los refugiados y personas civiles se ven obligados a irse a consecuencia de conflictos internos. Estos dos derechos poseen el mismo objetivo que es primordial; como lo es proteger la integridad y bienestar de las persona.

    Yullian Lara
    C.I.: 16.050.250
    Seccion:I-006N

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  18. GREICY CASTRO V- 16.981.769
    SECC: I OO6 DESASTRE NOCTURNO

    Derecho Internacional Humanitario y su relación con las personas refugiadas y desplazadas
    La relación que existe entre ambas es que el Derecho Internacional Humanitario tiene como objetivo principal proteger a las personas afectadas en los conflictos armados, estas personas pueden ser refugiados o desplazados la diferencia entre ellos es que los refugiados se encuentran fuera de su país de nacionalidad a causa de temores fundados en persecución de la cual son victimas por entre otros motivos diferencias raciales, religiosas, políticas o de nacionalidad, mientras que los desplazados en cambio, no atraviesan las fronteras nacionales y se encuentran dentro del territorio en conflicto. Entre otros puntos el derecho internacional humanitario prohíbe expresamente los desplazamientos forzosos de civiles en conflictos armados, a no ser que dichos desplazamientos sean necesarios para el bienestar y resguardo de las personas o población afectada.

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  19. Jos Clisanchez
    C.I.: 7062876
    Seccion I 001N

    Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    Todo prisionero de guerra tiene dercho a recibir un trato digno y humano y con el fin de garantizarle su integridad y la vida, el Estado captor debe declararlo como tal, por lo tanto no puede ser sometido a torturas, flajelaciones, amputaciones ni ningún otro trato que viole su condición de humano. El prisionero solo puede dar su nombre apellido y grado que obtenta y estos derecho son irrenunciable por parte del prisionero deben ser respetados de manera obligatoria por el Estado Captor

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  20. ALLENDER LINARES
    CI: 7144625
    SECCION: I 006-N

    De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas.

    Tomando el cuenta el objetivo que tiene el DIH,es evidente que las personas en condiciones de desplazados o refugiado, les deben brindar la mauor atencion posible en situaciones belicas ya que las mismas desconocen los derechos humanos.

    cabe destacar que el DIH, son normas internacioanes que su principal objetivo es evitar el sufrimiento de todas aquellas personas que participan y que ya no se ven involucras en dicho conflicto. Debido a estos eventos, generan personas refugias y dezplazas, como todos sabemos Los refugiados: son aquellas personas que de alguna u otra manera, huyen legalmente de su país de origen por temor a ser perseguido debido a situaciones que atenten contra su vida por razones políticas o religiosas,
    Y los desplazados son aquellos que se ven obligados a dejar sus hogares por violencia, desastres, conflictos armados, pero no salen de su país, pernotan en las fronteras. Estos dos tipos de personas recibe la protección del ACNUR, que es un organismo de ayuda humanitaria internacional.

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  21. .- Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra

    Todo prisionero de guerra tiene derechos consagrado por tratados internacionales y fundamentalmente por el tratado de la convencion de ginebra. El prisionero de guerra goza de derechos como:Recibir un digno trato humano, psicologico y fisico como respuesta a garantizarle su vida aun como enemigo de guerra con la parte en conflicto, ademas por supuesto de los derechos basicos como alimentacion, higiene, vestido, espacio fisico, etc

    Las ventajas que tiene un priosionero de guerra es que precisamente por los avances de las gestiones diplomaticas y acuerdos internacionales hoy por hoy el mundo entero
    puede enterarse de manera inmediata de cualquier limitacion que sufra o pudiera estar sufriendo un prisionero a nivel internaiconal con motivo precisamente del establecimeinto de leyes, y tratados que le garantizan al mismo, su integridad (vida)por encima de cualquier conflicto armado.

    Para muestra un boton con lo sucedido con los prisioneros mantenidos por EEUU capturados en Irak y de que manera le han dado un alto a las serie de agresiones psicologicas y a su integridad como seres humanos.

    Pedro Queliz
    7091096
    secion 001-N sexto semestre

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  22. Yulian Zambrano C.I 16.872.526
    Sección I-006

    De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas


    La finalidad de el derecho internacional humanitario y el derecho de las personas en condición de refugiados y desplazados es la de brindar la protección a las personas extranjeras, en estos derechos se determina el prestar protección y asistencia a las personas. Ambos tienen el mismo objetivo; la protección integral al individuo. La relación de estos surge cuando son victimas de un conflicto armado, o cuando se encuentran en poder de la parte adversaria o se vean afectados por las hostilidades de ese país. En un conflicto armado, las personas desplazadas en el interior de su propio país están protegidas en virtud de las normas del derecho internacional humanitario. La finalidad de dichas normas es, en particular, proteger a las personas civiles contra los efectos de las hostilidades, está prohibido agredirlas, aterrorizarlas, y así como destruir los bienes indispensables para su supervivencia.

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  23. Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra

    De acuerdo con el convenio de Ginebra los prisioneros de Guerra tienen derechos a:
    Ser tratados con dignidad personal, especialmente sin tratos humillantes y degradantes.
    Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias. Está prohibido y será considerado como infracción grave contra el presente Convenio, todo acto ilícito o toda omisión ilícita por parte de la Potencia detenedora, que comporte la muerte o ponga en grave peligro la salud de un prisionero de guerra en su poder. En particular, ningún prisionero de guerra podrá ser sometido a mutilaciones físicas o a experimentos médicos o científicos, sea cual fuere su índole, que no se justifiquen por el tratamiento médico del prisionero concernido, y que no sean por su bien.
    Asimismo, los prisioneros de guerra deberán ser protegidos en todo tiempo, especialmente contra todo acto de violencia o de intimidación, contra los insultos y la curiosidad pública.

    Están prohibidas las medidas de represalia contra ellos.
    Los prisioneros de guerra tienen derecho, en todas las circunstancias, al respeto de su persona y de su honor.
    Las mujeres deben ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo y, en todo caso, se beneficiarán de un trato tan favorable como el que reciban los hombres.

    Los prisioneros de guerra conservarán su plena capacidad civil tal como era cuando fueron capturados. La Potencia detenedora no podrá limitar el ejercicio de esa capacidad, sea en su territorio sea fuera del mismo, más que en la medida requerida por el cautiverio.
    La Potencia detenedora de los prisioneros de guerra está obligada a atender gratuitamente a su manutención y a proporcionarles gratuitamente la asistencia médica que su estado de salud requiera.
    El prisionero de guerra no tendrá obligación de declarar, cuando se le interrogue a este repecto, más que sus nombres y apellidos, su graduación, la fecha de su nacimiento y su número de matrícula o, a falta de éste, una indicación equivalente.
    El interrogatorio de los prisioneros de guerra tendrá lugar en un idioma que comprendan.
    No se podrá infligir a los prisioneros de guerra tortura física o moral ni presión alguna para obtener datos de la índole que fueren. Los prisioneros que se nieguen a responder no podrán ser amenazados ni insultados ni expuestos a molestias o desventajas de ningún género.

    Los prisioneros de guerra que, por razón de su estado físico o mental, sean incapaces de dar su identidad, serán confiados al Servicio de Sanidad. Se determinará, por todos los medios posibles, la identidad de estos prisioneros, a reserva de las disposiciones del párrafo anterior.

    El interrogatorio de los prisioneros de guerra tendrá lugar en un idioma que comprendan.

    José Casares
    CI: 7.043.851
    SECCIÓN: I-001 Nocturno
    VI Semestre

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  24. Muy buenas noches profesora.
    En cuanto al analisis sobre los derechos y ventajas que le son concedido al prisionero de guerra, podemos decir que segun los que establece las normas y los estatutos tiene varias ventajas y derechos tales como; deberan ser tratados humanamente en todas las circunstacias,deberan ser protegidos en todo tiempo, no podran ser transferidos, tienen derecho a que se les respete como persona y que respeten su honor, en fin estas son solo normas, pero en realidad no existe en el mundo entero un solo organismo que garantize que estas normas se cumplan, todos los estados en conflito solo ven unicamente por sus intereses como estado, los militares nos regimos por normas y a veces la superioridad nos obliga a romper esas normas, es verdad que hay paises que respetan y acatan las normas con relacion a los combatientes que son capturados en comflito, hay paises donde se cumplen esas leyes pero le repito nadie las garantiza.

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  25. De una breve explicacion sobre la relacion del derecho internacional humanitario y las personas refugiadas y desplazadas.

    La relacion que tiene el derecho internacional sobre las personas que se encuentran refugiadas y desplazadas, es que el DIH, establece unas reglas para asistir y proteger a las personas que lo necesiten , y esten fuera de su pais de nacionalidad, y no puedan o causa de dicho temores,no quiera acojer a la proteccion de su pais. La funcion principal de el DIH es brindarle ayuda.

    Alumno :Garcia Alexander
    C.I: 16.245.777
    Carrera: Administracion Desatres
    Seccion: 006N

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  26. De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas

    El objetivo de el derecho internacional humanitario y el derecho de las personas refugiados y desplazados es la de prestarle protección y asistencia, el DIH a las personas refugiadas les bridan derechos oportunidades de ser atendidos y de buscarle solución de los problemas en caso de los conflictos armados, y ayuda humanitaria.

    Alexander mendoza C.I 15.285.165
    Seccion 006- Nocturno
    Semestre VI
    Carrera Admon de Desastre

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  27. Juan Garrido Secc. I001-N

    Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que les son otorgadas a los prisioneros de guerra.

    Los prisioneros de guerra son víctimas del conflicto que exigen protección, tanto por el desamparo en que quedan, indefensos en poder del enemigo, como por las consecuencias psicológicas que siguen a su cautiverio, alejamiento de la patria y de la familia, limitación en su libertad, duración indefinida de la situación.

    Derechos.
    Otros Derechos.

    En general se pueden enumerar los siguientes:
    a) Obtener una remuneración por su trabajo y , en todo caso, anticipos a cuenta de su sueldo o salario, para lo que se lleva una cuenta individualizada a liquidar al término de las hostilidades.
    a) Comunicarse con el exterior del campo, principalmente con sus familiares.
    b) Recibir auxilios enviados por sus familiares o por organizaciones humanitarias. El CICR por ejemplo.
    c) Elegir sus representantes para la comunicación con las autoridades del campo.
    d) exceptuados los oficiales y con ciertos privilegios los suboficiales que sólo pueden ser dedicados a trabajos de vigilancia.
    e) Solo pueden ser empleados en: agricultura, industria, excepto la metalúrgica, química, obras públicas, y otras de carácter militar; transportes no militares, actividades comerciales o artísticas, servicios domésticos y servicios públicos sin carácter militar.

    Otros Derechos.

    En general se pueden enumerar los siguientes:
    a) Obtener una remuneración por su trabajo y , en todo caso, anticipos a cuenta de su sueldo o salario, para lo que se lleva una cuenta individualizada a liquidar al término de las hostilidades.
    b) Comunicarse con el exterior del campo, principalmente con sus familiares.
    c) Recibir auxilios enviados por sus familiares o por organizaciones humanitarias. El CICR por ejemplo.
    d) Elegir sus representantes para la comunicación con las autoridades del campo.

    a) El prisionero de guerra debe ser tratado siempre con humanidad.
    b) El prisionero de guerra tiene derecho pleno a su dignidad personal y a su honor. De ahí la prohibición de la tortura, de los castigos corporales.... o el respeto a su rango militar.
    c) El prisionero de guerra tiene derecho a ser mantenido sin tener que pagar manutención.
    d) El prisioneros de guerra tienen derecho a un trato igual y sin discriminación con respecto a los demás prisioneros de guerra.

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  28. ANÁLISIS DE LOS DERECHOS Y VENJAS DE LOS PERISIONEROS DE GUERRA.

    NAGLYS HERNÁNDEZ. 7.131.986.
    IOO-1-N. ADMINISTRACION DE DESASTRES.
    VI. SEMESTRE.


    Para realizar este análisis, debo enfocarme en la Convención de Ginebra; donde se establece la protección de los ciudadanos tanto física como moralmente.
    Los prisioneros de guerra en ningún momento deberán ser vejados y maltratados; aún cuando están en posesión o retenidos por una de las fuerzas contrarias. De la misma manera, el trato para estos prisioneros deberá ser justo sin distinguir entre su raza, sus pensamientos, ideologías, nacionalidad. La atención en cuanto a proveerle de alimentos, vestido, medicamentos, estará bajo el deber del país la fuerza que lo mantiene prisionero; y esta debe ser suficiente y de calidad. Todos estos derechos así como otros, aportan a los prisioneros de guerras, ventajas sobre las cuales pueden sustentar su integridad tanto física como moral; dado que existen normas, leyes y convenios que regulan las actuaciones de los países en conflictos bélicos; y que aun cuando no se garantizan en cuanto a su aplicación total y como lo consagran dichas normas; están allí para el deber ser, y en tal caso de ser violentados, se darán a conocer a los organismos internacionales enfocados a tales situaciones., a fin de tomar medidas sancionatorias a quienes las infrinjan.

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  29. Edgar Navas C.I. 8.597.599, VI Semestre
    Administración de Desastre Sección I-001-N.

    Análisis sobre los derechos y las ventajas que les son otorgadas a los prisioneros de guerra.

    En cuanto al término de prisionero de guerra es un soldado, marino o piloto que es hecho prisionero por el enemigo durante o inmediatamente después de un conflicto armado.

    Una vez este prisionero de guerra esta en manos de sus captores tiene ciertas protecciones que se han emanados en el convenio de Ginebra, donde puedo citar:
    1.- El trato para estos prisioneros deberá ser justo sin distinguir entre su raza, sus pensamientos, ideologías, nacionalidad.
    2.- Protección de los ciudadanos tanto física como moralmente.
    3.- Los prisioneros de guerra en ningún momento deberán ser vejados y maltratados
    4.- La atención en cuanto a proveerle de alimentos, vestido, medicamentos, estará bajo el deber del país la fuerza que lo mantiene prisionero; y esta debe ser suficiente y de calidad.
    Por todo lo anterior expuesto en el Convenio de Ginebra vemos como se busca la protección del individuo en tiempo de conflicto, ya que antes de que esta naciera los prisioneros de guerra eran torturados, vejados y muertos sin ningún tipo de sentimiento y dignidad para con estos prisioneros.
    Una vez que se establecieron estos convenios el prisionero de guerra tiene una ventaja sobre su derecho a la vida y dignidad que tiene por el simple hecho de ser una persona y que la vida esta consagrada ante todo.
    Hoy por hoy se respetan estos derechos y que aquellas personas que capturan a soldados combatiente haciéndolos prisioneros de guerra y no cumplen con los Convenios de Ginebra son procesados y enjuiciados por una corte internacional, de allí la importancia de su cumplimiento y de la justicia que se debe de imponer en estos tiempos.

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  30. Johana Pérez
    CI 16581259
    Sección I006N

    La relación que existe entre ambas es que el Derecho Internacional Humanitario tiene como objetivo principal proteger a las personas afectadas ante dichos conflictos de guerra , estas personas pueden ser refugiados o desplazados la diferencia entre ambas es que los refugiados de alguna u otra manera huyen de su país natal por temor a ser perseguidos y que atenten contra su integridad, bien sea por razones políticas o religiosas. Y los desplazados son los que se ven obligados a dejar sus hogares por violencia, desastre, o por conflictos con la diferencia que estos no salen de su país. Y ambos reciben la protección del ACNUR que no es más que le alto comisado de las naciones unidas para los refugiados.

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  31. jakeline Rosales
    CI: 16.872.838
    Sección: 006-N

    La relacion que existen entre el DIH, los refugiados y desplazados es que todos estos se relacionean en cuanto a la prtección y asistencias a los individuos sin distinción alguna, es decir cuando se presenta un conflicto armado puede ser interno o internacional su función es salvaguardar la vida y proteger los derechos humanos de las personas

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  32. Johanna Dávila
    16.414.567
    I-006

    Los refugiados y personas desplazadas se considera frecuentemente una guía del alcance e intensidad de un conflicto armado. El objetivo o clave del derecho internacional humanitario es principalmente los procesos de paz y facilitar el regreso a sus hogares. Los refugiados y desplazadas son vulnerables económica, social, psicológica y políticamente. Desarraigados de sus hogares, habiendo perdido el acceso a sus medios habituales de sustento, tratados con antipatía por sus anfitriones y por lo general vistos como una carga o como oponentes por los gobiernos responsables de su protección, suele suceder que no puedan o no estén dispuestos a realizar denuncias cuando se les niega sus derechos y que dependan de sus vecinos y la comunidad internacional. Sin embargo, también traen consigo capacidad de recuperación, habilidades y determinación para sobrevivir, y a menudo representan un beneficio para su nuevo entorno. A su vez, el contacto con nuevos estilos de vida puede ofrecerles recursos que resultarán valiosos para ellos cuando regresen a sus hogares y que les permitirán contribuir con la estabilización de sus comunidades de origen.

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  33. De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas

    La relación que existe entre el DIH sobre las personas refugiadas y desplazada es de brindarle la oportunidad de ser atendido y prestarle protección y asistencia humanitaria a cada una de estas personas que han salido de su país ya que ellos son vulnerables económica, social, psicológica y políticamente.

    Maryuri Sambrano C.I: 16.824.442
    Sección: I-006N
    Administración de Desastre

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  34. COLMENARES MAYRA
    C.I:16.896.859
    SECCION:I006-N

    Los comflictos armados a medudo han aprovechado movimientios civiles de gran importancia tanto dentro de un pais como a traves de las fronteras entre paises. de este mismo modo el D.I.H. prohibe extrictamente los desplazamientos foszosos de civiles en conflictos armados, tanto internacional comono internacionales y ademas ofroce proteccion en caso de que se produzca un desplazamiento.
    por tanto la relacion exixtente entre ellos es la proteccion que recibe los refugiados y desplazado por parde de los derechos internacionles humanitario

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  35. PERTUZ MAYBELIN
    C.I:16399702
    SECCION:I006-N

    LA RELACIÓN QUE EXISTE ENTRA EL D.I.H LOS REFUGIADOS Y DESPLAZADOS EL EL SISTEMA DE PROTECCION HACIA EL INDIVIDUO COMO SER HUMANO Y SUJETO DE DERACHO. YA QUE EL D.I.H. PROHIBE EXPRESAMENTE QUE SE REALICE LOS DESPLAZAMIENTOS FORZOSOS Y OBLIGATORIO A CIVILES EN CONFLICTOS ARMADOS BIEN SEA INTERNACIONALES O NO. DE ESTE MODO LE OFRECE PROTECCION EN MOMENTO TAL QUE SE REALICE UN DESPLAZAMIENTO.

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  36. Valencia, Diciembre del 2009
    Nombre: Norelys Páez
    C.I: 18.480.030
    Administración de Desastre
    Sección: 006-N

    De una breve explicación sobre la relación del Derecho Internacional Humanitario y las personas refugiadas y desplazadas


    El Derecho Internacional Humanitario se da a conocer por la ayuda que presta a los civiles que están o las que ya no participan en los conflictos armados. Se hace resaltar que no solo protege a las personas cuando son victimas de los conflictos armados, sino les presta ayuda humanitaria a aquellas personas refugiadas y desplazadas, permiten impedir la mayoría de los desplazamientos.
    Los refugiados estarán protegidos por el artículo 3, común a los cuatro Convenios de Ginebra, y por el Protocolo II. En ese caso, los refugiados en cuestión son víctimas de dos situaciones conflictuales: primeramente, en su propio país y, en segundo lugar, en el país de acogida

    Con respecto a los desplazamientos a causa de un conflicto armado internacional, las personas desplazadas son, como personas civiles, objeto de una minuciosa protección contra los efectos de las hostilidades. La población civil tiene derecho a recibir los bienes esenciales para su supervivencia. Asimismo el caso de los habitantes de los territorios ocupados la población no podrá ser deportada de los territorios ocupados. En general, la población civil se beneficiará de las garantías fundamentales estipuladas en el art. 75 del Protocolo I.

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  37. BUENAS TARDES PROFESORA ES LA ESTUDIANTE EDDY PEÑA CI 11359819 SECCION 001 ADMON DE DESASTRES NOCTURNO.
    Referente a los derechos y ventajas de los pricioneros de guerre mi analisis es el siguiente:
    Cuando nos referimos a un prisionero de guerra no es mas cuando fue capturado por el enemigo,sin embargo este PG tiene varios derechos y ventajas a su favor el cual debe ser respetado. Estos derechos estan contemplados en el convenio Ginebra, donde se señala lo siguiente.
    A)Se le debe dar un trato justo sin tener en cuenta su raza, sus pensamientos, nacionalidad.
    B)Protección de los Individuos tanto física y moral.
    C)PG en ningún momento deberán ser maltratados.
    D)en cuanto alimentos, vestido, medicamentos, estará bajo la responsabilidad del país que lo tiene capturado como PG,donde le debe garantizar y cumplir sus necesidades como ser humano.
    Debemos de tener en cuenta que en tiempos pasados a un prisionero de guerra lo vejaban, humillaban, le hacian cosas que ni a un animal se le debe hacer. Gracias a dios principalmente que nace y existe este convenio antes mencionados para asi garantizar algo de esos derechos que todo individuo se le debe respetar.
    Aquellas individuos que capturan a soldados combatiente haciéndolos PG y no cumplen con los Convenios de Ginebra,seran procesados y enjuiciados por una corte internacional, de allí la importancia de su cumplimiento y de la justicia que se debe de imponer para nuestra actualidad.
    Nota. PROFESORA ES EDDY LA QUE LE ENVIO LA INFORMACION EL SABADO EL ERROR FUE NUESTRO LE PRESENTO MIS DISCULPA GRACIAS POR SU COMPRENSION.

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  38. Buenas tardes es la alumna morelba betancourt CI 7.281.186 SECCION 001N SEXTO SEMESTRE ADMON DE DESASTRES.
    Nota: ESTE FUE MI ANALISIS DEL DIA 05/12/2009 ME ESTOY APOYANDO EN EL CORREO DE MI COMPAÑERA GRACIAS.

    puedo decir lo siguiente:
    las normas establece que los PG tienen varias ventajas y derechos tales como;
    Se le debe dar un trato justo y humano en todas las circunstacias en que este se encuentre.
    Hay que brindarle protección en todo tiempo, no debera ser transferidos, se le respete como individuo y que le sean respetada su dignidad, no podemos dejar de nombrar los tratados de ginebra ya que este es que brinda la proteccion a lo PG, sin estos convenios no se garantiza los derechos del individuo.
    Se le debe dar respeto, cuidados,atencion, cubrir sus necesidades y ser tratado sin importar raza,religion, ni condicion social.
    Nunca se debe olvidar que aunque sean un prisionero de gruerra es un individuo.

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  39. Buenas tardes profesora es la alumna astrid franco CI: 19.443.382 seccion 001N SEXTO SEMESTRE ADMON DE DESASTRES.

    Todo prisionero de guerra tiene derechos fundamentalmente por el tratado de la convencion de ginebra.
    El prisionero de guerra goza de derechos como:
    1) Darle un trato humano, psicologico y fisico como respuesta para así garantizar su vida aun como enemigo de guerra.
    Sin dejar por fuera toda sus necesidades física.

    Unas de las ventajas que tiene un PG es que debido a los cambios y transformaciones que nos hemos encontrado actiualmente, hoy contamos con la informacion rapida,eficaz para enterarnos a nivel mundial de una forma inmediata de cualquier limitacion que sufra o pudiera estar presentando un PG.
    A nivel internaiconal con motivo precisamente que contamos con leyes, y tratados que le garantizan al mismo, su integridad,por encima de cualquier conflicto armado.

    Unos de los ejemplos claro y crueL para variar, donde siempre el protagonista de todos los males son el gobierno de los EEUU,con la guerra en Irak y el trato que le han dado a los prisioneros de guerra y de una manera u otra le han dado un alto a las serie de agresiones psicologicas y a su integridad como seres humanos.

    Traigo este ejemplo ya que aplica referente a lo que no se le debe hacer a ninguna persona sea o no un PRISIONERO DE GUERRA.

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  40. JOHANNA PINTO.
    C.I:15979689
    SECCION: I006-N.
    El DIH tiene como finalidad proteger a las personas que no han participado hostilidades o han dejado de hacerlo.
    Cuando una persona es refugiada es cuando la nación no puede protegerlos y se ven obligados a irse de su país porque les han violado sus derechos humanos, en la actualidad hay violaciones de derechos humanos grandes masacres, muertes, guerra, violencia, violaciones, entre otros. En nuestro país hay una constitución que ampara los DH. Un ejemplo que lo vemos todos los días en las noticias es la guerra con Irak esos seres humanos que se han tenido que desplazar por culpa de conflictos y millones de personas que han tenido que desplazarse esto se lo debemos al dominio que tienen esos grandes países poderosos y desarrollados y su gran hegemonía, vamos a luchar porque haya paz verdadera y liberen esos países en vía d desarrollo y que no los han dejado crecer.
    El caso de personas desplazadas dentro de su propio país por desastres causado por l a mano del hombre. La relación existente es que ellos les dan protección al ser humano y el DIH impide que hagan desplazamientos a personas que no hayan participado en guerras.
    La relación existente entre los tres es la protección entre los seres humanos y el DIH no permitirá desplazamientos obligados a personas civiles que hayan participado en conflictos armados.

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  41. 1.- Haga un análisis sobre los derechos y las ventajas que le son otorgadas a los prisoneros de guerra.

    Teniendo en cuenta estas disposiciones, siempre se ha pensado que la determinación de la identidad favorece a la persona concernida. Por esta razón, cuando un prisionero no respeta la obligación pertinente, se lo sanciona con una restricción de los privilegios en virtud de su graduación o estatuto Cabe destacar que esta sanción sólo consiste en retirar los privilegios que se otorgan a los oficiales, suboficiales o personas de graduación similar; en ningún modo conlleva el retiro de otros beneficios acordados a los prisioneros en el marco del Convenio. Pero hoy en día, la guerra clásica entre Estados ha evolucionado para convertirse en operaciones globales y en diferentes formas de conflictos asimétricos, lo cual ha modificado, en alguna medida, por lo menos en ciertos casos, en el momento de su adopción. Actualmente, circulan listas con nombres de personas sospechosas de terrorismo, y cualquier persona cuyo nombre aparezca en las listas oficiales o de los servicios secretos puede encontrarse en situación de desventaja (como lo demuestran el interrogatorio y la posterior denegación del permiso de ingreso a Estados Unidos de Yusuf Islam, alias Cat Stevens); por ende, difícilmente puede decirse que la identificación en campamentos de prisioneros de guerra siempre redunda en beneficio de los cautivos. Sería poco realista creer que el propósito fundamental de la identificación de los prisioneros en la bahía de Guantánamo es otorgarles los privilegios debidos a su graduación y a su edad, incluso aunque se les concediera el estatuto de prisionero de guerra al que tienen derecho. Sobre la base de esas percepciones, y a fin de eludir acciones penales, es posible que hoy, muchos prisioneros de guerra prefieran ocultar a sus captores su verdadera identidad. a existencia de diferentes prácticas, sumada al hecho de que los prisioneros de guerra tienen efectivamente la obligación de dar determinada información a sus captores, y que rehusarse deliberadamente a hacerlo puede dar lugar a ciertas sanciones preestablecidas, ha provocado a veces ciertas ambigüedades en las interpretaciones de las disposiciones del derecho humanitario relativas a esta cuestión. Aunque las respectivas disposiciones jurídicas.

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